Comprar, vender y arrendar
Renta vacacional: reglas y registro
Qué necesitas para ofrecer tu casa o departamento por noches a turistas en Ecuador: el Registro de Turismo, la licencia municipal (LUAF), el registro de huéspedes, los datos personales y lo que cambia en Quito, Cuenca y Salinas.
Ofrecer tu casa, tu departamento o una habitación por noches a turistas —por tu cuenta o a través de una plataforma digital— no es lo mismo que arrendar una vivienda por meses. Para la ley es alojamiento, una actividad turística: la Ley Orgánica para el Fortalecimiento de las Actividades Turísticas (art. 5, citado en la base legal de la ficha del Registro de Turismo en la Guía Oficial de Trámites) incluye el alojamiento entre las actividades turísticas y obliga a quienes las prestan a obtener el Registro de Turismo y la Licencia Única Anual de Funcionamiento (LUAF) para cada actividad que realicen. Esta guía te explica los dos trámites y las obligaciones que vienen con ellos.
La categoría que te corresponde
Desde septiembre de 2023 existe una categoría pensada para este tipo de alojamiento. Según el boletín de prensa 085 del Ministerio de Turismo, ese ministerio expidió el Acuerdo Ministerial 2023-011, publicado en el Registro Oficial (suplemento 402, 22 de septiembre de 2023), con el Reglamento de Alojamiento Turístico en Inmuebles Habitacionales, cuyo objetivo es regularizar el alojamiento que se oferta a través de canales como las plataformas digitales.
Hoy el trámite de registro lo publica en la Guía Oficial de Trámites el Ministerio de Desarrollo Económico y Productivo, como Autoridad Nacional de Turismo. Esa ficha incluye los inmuebles habitacionales entre los tipos de alojamiento que pueden registrarse y aclara que esa categoría solo aplica al continente: Galápagos tiene su propio reglamento de alojamiento turístico.
Cómo obtener el Registro de Turismo
Ten tu RUC al día
El registro pide el Registro Único de Contribuyentes (RUC) de la persona natural o jurídica, y la cédula de la persona natural o del representante legal. Si registras como compañía, también su documento de constitución y el nombramiento inscrito del representante legal.
Entra a la plataforma oficial
El trámite se hace en línea en la plataforma SITURIN. En el cantón Quito, en cambio, los establecimientos turísticos hacen el trámite en la Empresa Pública Metropolitana de Gestión de Destino Turístico (Quito Turismo), en su propio sistema.
Declara la información del alojamiento
Completa tus datos, la información general del inmueble y la de la acreditación turística, y envía la solicitud. El sistema emite el Certificado de Registro de Turismo con un código QR. Según la Guía Oficial de Trámites, el trámite no tiene costo.
Prepárate para la inspección
La primera inspección se hace dentro del término de sesenta días desde la emisión del registro (puedes pedirla antes). En ella debes presentar el permiso de uso de suelo o su equivalente y el permiso del Cuerpo de Bomberos.
Corrige si te observan
Si en la inspección la información no es veraz, faltan documentos o no cumples la normativa, el registro se suspende temporalmente por treinta días; tienes ese término para pedir una segunda inspección. Si no la pides o no corriges, el registro se suspende definitivamente.
El Reglamento General de Aplicación de la Ley de Turismo (art. 47, citado en la base legal de la misma ficha de la Guía Oficial de Trámites) añade dos reglas que conviene tener presentes: el registro se obtiene antes de iniciar la actividad, y cualquier cambio en la información declarada debe actualizarse dentro de quince días. Operar sin registro acarrea las multas de la Ley de Turismo y la clausura hasta obtener el registro y la licencia.
La licencia municipal (LUAF)
La LUAF es la autorización municipal para que tu alojamiento funcione en el cantón, y se paga con una tasa que fija cada municipio por ordenanza. Como el procedimiento y la tasa cambian de un cantón a otro, el valor exacto debes pedirlo al municipio; si tienes dudas sobre tu caso, consulta con un abogado o notario.
| Cantón | Quién atiende | Lo que indica la fuente oficial |
|---|---|---|
| Quito | Quito Turismo | El trámite de los establecimientos turísticos del cantón se hace en Quito Turismo, no en la plataforma nacional (Guía Oficial de Trámites). |
| Cuenca | Fundación Municipal de Turismo para Cuenca | La ordenanza del Sistema Cantonal de Turismo exige el Registro de Turismo y la LUAF (art. 20), prohíbe prestar servicios turísticos sin LUAF (art. 23), la otorga una vez y la renueva cada año (art. 44) y fija el pago de la tasa hasta el 31 de julio de cada año (art. 45). |
| Salinas | GAD Municipal de Salinas | Publica una ordenanza que establece la tasa para la licencia anual de funcionamiento de los establecimientos turísticos; pide al municipio el valor y el procedimiento vigentes. |
Tus obligaciones como anfitrión
- Lleva un registro de tus huéspedes: el Ministerio de Turismo informó que el reglamento pide el nombre del contratante, el tiempo de estadía, el número de personas distinguiendo adultos de menores de edad y los teléfonos de contacto, y que el anfitrión lo custodia por seis meses.
- Trata esos datos conforme a la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales: necesitas una base legítima, como la ejecución del contrato o una obligación legal (art. 7); pide solo los datos estrictamente necesarios (art. 10, pertinencia y minimización) y guárdalos con medidas de seguridad adecuadas (art. 37).
- Publica información veraz: la ordenanza de Cuenca, por ejemplo, obliga a promocionar los servicios sin información falsa, alterada o engañosa.
- Declara tus ingresos: lo que cobras por el alojamiento es ingreso que se declara en el impuesto a la renta. Cómo se factura y qué IVA corresponde depende de tu régimen tributario: confírmalo con el SRI o con un contador.
- Revisa el reglamento interno de tu edificio o conjunto antes de anunciar: puede tener reglas sobre visitantes, áreas comunales y uso de los departamentos.
¿Renta vacacional o arriendo?
Si lo que ofreces es una vivienda para que alguien viva en ella por meses, con un contrato de arrendamiento, se aplica la normativa de inquilinato y no la de turismo: revisa nuestra guía para arrendar. Si ofreces estadías por noches o semanas a viajeros, con servicios de alojamiento, entras en la normativa de turismo descrita aquí. Cuando tu caso esté en el medio —por ejemplo, estadías de varias semanas—, consulta con un abogado o notario antes de elegir el tipo de contrato.
Errores que conviene evitar
- Empezar a recibir huéspedes antes de tener el Registro de Turismo.
- Creer que el Registro de Turismo reemplaza la licencia municipal: son dos trámites distintos, y la LUAF se renueva cada año.
- No guardar el registro de huéspedes, o pedir y conservar más datos personales de los necesarios.
- Anunciar fotos o servicios que el inmueble no tiene.
- Calcular la rentabilidad sin contar la tasa municipal, los impuestos y los meses de baja ocupación.
Preguntas frecuentes
¿Necesito permiso para alquilar mi departamento por noches?
Sí. El alojamiento es una actividad turística, y quien la presta debe obtener el Registro de Turismo y la Licencia Única Anual de Funcionamiento (LUAF) del municipio. Desde 2023 existe la categoría de alojamiento turístico en inmuebles habitacionales para este caso.
¿Cuánto cuesta el Registro de Turismo?
Según la Guía Oficial de Trámites, el trámite de registro para alojamiento no tiene costo. La LUAF, en cambio, se paga con una tasa municipal que fija cada cantón: pide el valor al municipio o consulta con un abogado o notario.
¿Dónde hago el trámite si mi departamento está en Quito?
En el cantón Quito, los establecimientos turísticos hacen el trámite en Quito Turismo, la empresa pública metropolitana de turismo, y no en la plataforma nacional.
¿Qué datos de mis huéspedes debo guardar?
El reglamento pide registrar el nombre del contratante, el tiempo de estadía, el número de personas (adultos y menores por separado) y los teléfonos de contacto, y conservar ese registro seis meses. Trátalos conforme a la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales.
¿Puedo tener una renta vacacional en Galápagos con esta categoría?
No con la de inmuebles habitacionales: según la Guía Oficial de Trámites, esa categoría solo aplica al continente. Galápagos tiene su propio reglamento de alojamiento turístico y requisitos adicionales.
Fuentes
- Emisión de Certificado de Registro de Turismo por primera vez para Alojamiento Persona Natural o Jurídica — Ministerio de Desarrollo Económico y Productivo (Guía Oficial de Trámites, gob.ec)
- Boletín de prensa 085: Ecuador ya cuenta con un nuevo Reglamento para los alojamientos turísticos en inmuebles habitacionales (22-09-2023) — Ministerio de Turismo (archivo histórico)
- Ordenanza que regula el Sistema Cantonal de Turismo de Cuenca — GAD Municipal de Cuenca
- Ordenanza que establece la tasa para la licencia anual de funcionamiento de los establecimientos turísticos — GAD Municipal de Salinas
- Ley Orgánica de Protección de Datos Personales (R.O. 459-5S, 26-V-2021) — Corporación Nacional de Finanzas Populares y Solidarias (copia publicada)
- Impuesto a la Renta — Servicio de Rentas Internas (SRI)